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El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por:
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Cuota diaria |
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Gratificaciones |
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Percepciones |
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Alimentación |
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Habitación |
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Primas |
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Comisiones |
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Prestaciones en especie y, |
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Cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. |
Se excluyen como integrantes del salario los conceptos siguientes:
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El ahorro cuando se integra por una cantidad igual del trabajador y de la empresa. |
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Las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical. |
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Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. |
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Las cuotas al IMSS y al Infonavit que corresponda cubrir al patrón. |
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Las participaciones en las utilidades de la empresa (PTU). |
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La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa (que el trabajador pague al menos, por cada una de ellas, un 20% del salario mínimo general diario del Distrito Federal). |
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Las despensas en dinero o especie que no rebasen el 40% del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal. |
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Los premios por asistencia y puntualidad que no rebasen el 10% del salario base de aportación (por cada concepto). |
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Las cantidades aportadas para fines sociales (planes de pensiones). |
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El tiempo extraordinario dentro de los márgenes establecidos en la Ley Federal del Trabajo. |
(Art. 27, LSS)
El cálculo de los salarios integrados es recomendable hacerlos periódicamente a fin de cumplir con las disposiciones del IMSS.
Si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser previamente conocidos, se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período. Si se trata de un trabajador de nuevo ingreso, se tomará el salario probable que le corresponda en dicho período (Art 30, Fracción II, LSS)
El sistema muestra una ventana con los siguientes campos
Mes/Bim : Seleccionar la cantidad de tiempo a considerar para el calculo, puede ser bimensual o mensual
Periodos : Indicar el ciclo inicial y final comprendidos en el campo anterior. En el ejemplo se hace referencia a ciclos semanales.
Incluye el Periodo de Aguinaldo : Activar la casilla con la marca de verificación para incluir la percepción de aguinaldo en el cálculo
Fecha : De manera predeterminada el sistema sugiere el primer día de la siguiente fase (mes o bimestre).
Guía : Es un valor constante asignado por el sistema
Procesar Cambios de Salario : Cuando existe una modificación al salario (por promoción u otro) al trabajador activar la casilla con la marca de verificación.
Correr en Excel : Los resultado son mostrados en una hoja de cálculo.
Para poder hacer el cálculo se debe contar con los factores normales de integración al salario normal en Archivos > Factores de Integración.
Ejemplo: Determinación del Factor de Integración para el primer año Aguinaldo 15/365 = 0.0411 Vacaciones 6 días x 25% = 1.5 días de Prima Vacacional Prima vacacional 1.5/365 = 0.0041 Factor de integración = 0.0411 + 0.0041 + (1) Factor de integración = 1.0452 |